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1.-
OBJETO.
Son objeto de la presente convocatoria la ampliación de la
Bolsa de Trabajo de Monitores de Natación de la que dispone
la Corporación con el objeto de poder atender las posibles
demandas de Cursos de Natación a impartirse en las
instalaciones de la Piscina Municipal de Massanassa durante
el período veraniego de 2008.
2.-
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Para poder tomar parte en las pruebas selectivas convocadas,
los interesados deberán reunir los siguientes requisitos,
con referencia al último día de plazo de presentación de
instancias.
Para poder tomar parte en las pruebas selectivas
convocadas, los interesados deberán reunir los siguientes
requisitos, con referencia al último día de plazo de
presentación de instancias:
-
Tener cumplidos los 16 años y estar en posesión de la
nacionalidad española o la de uno de los restantes
Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos
Estados a los que les sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos previstos en
la legislación que regula esta materia. O bien , de
tratarse de otro pais, disponer del correspondiente
Permiso de Trabajo y Residencia.
-
Tener la titulación académica de Graduado Escolar o el
título de tener terminada y aprobada la Educación
Secundaria Obligatoria (1er. y 2º Ciclo).
-
Tener la titulación de Monitor de Natación, expedido por
la Federación Valenciana de Natación o de cualquier otra
federación autonómica o estar en posesión de la
titulación del Ciclo Formativo de Grado Superior de
TAFAD (Técnico Superior en Animación de Actividades
Físicas y Deportivas) expedida por la Consellería de
Cultura, Educación y Ciencia de la Generalitat
Valenciana.
§
No hallarse incurso en ninguna causa de incompatibilidad o
de incapacidad de las establecidas legalmente.
§
No padecer ninguna enfermedad ni defecto físico o psíquico
que impida el normal desarrollo de las funciones propias del
puesto de trabajo.
§
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de la Administración del Estado, autonómico o
local, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la
función pública.
§
Acreditar el conocimiento de valenciano, a nivel de
comprensión oral.
3.- FORMAS Y PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE LAS INSTANCIAS.
Las instancias de solicitud para tomar parte en el
procedimiento selectivo, en las cuales los aspirantes
deberán hacer constar que conocen y aceptan las bases y que
reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la
convocatoria referidos a la fecha de expiración del plazo de
presentación de solicitudes, irán dirigidas al
Alcalde-Presidente de la Corporación Municipal y podrá
hacerse uso del modelo normalizado que a tal efecto
facilitarán gratuitamente los Servicios de Información del
Ayuntamiento.
Las instancias se presentaran en el Registro General del
Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el
artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, durante
el plazo comprendido
desde el 7 al 21 de Mayo de 2008, ambos inclusive.
A las instancias se adjuntará obligatoriamente la siguiente
documentación:
-
Fotocopia del DNI, NIE, o Pasaporte y Tarjeta Permiso
de Residencia y Trabajo, si procede.
-
Fotocopia de la titulación académica mínima exigida.
-
La documentación justificativa de los méritos alegados
para su valoración.
-
Fotocopia o resguardo acreditativo de haber satisfecho
los derechos de examen, fijados en 9,38 €. que
serán satisfechos por los aspirantes antes de presentar
la instancia . El pago se realizará bien por
transferencia bancaria o directamente ingresando en
cualquier sucursal de la entidad bancaria siguiente:
2090 (Caja de Ahorros del Mediterráneo), Oficina: 2220
Dígito Control: 82 , Cta. Bancaria: 0064000102, a nombre
del Ayuntamiento de Massanassa, haciendo constar en la
transferencia concepto y nombre y DNI del aspirante
4.-
TRIBUNAL:
El tribunal calificador tendrá la siguiente composición:
-
Presidente: un empleado de la Corporación.
-
Secretario: el de la Corporación Municipal o el
funcionario en quien delegue.
-
Técnico: el trabajador que ocupe la dirección del
servicio dentro de la especialidad o, si no es posible
un técnico superior o experto designado por el
Presidente de la Corporación.
Todos los miembros del tribunal tendrán voz y voto. En cada
sesión del tribunal podrán participar los miembros
titulares, y si están ausentes, los suplentes, ahora bien,
no podrán sustituirse entre sí en la misma sesión.
5.- COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS.
La lista de aspirantes admitidos así como el comienzo y
desarrollo del proceso selectivo será anunciado en el
Tablón de anuncios municipales con una antelación mínima de
setenta y dos horas
6.- PROCEDIMIENTO SELECTIVO.
El procedimiento selectivo será el de concurso y consistirá
en la valoración de los méritos y experiencias acreditados
documentalmente por los aspirantes, según la siguiente
baremación
6.1
Formación:
Se valorará hasta un máximo de 9 puntos, la formación
profesional de los participantes, de acuerdo con el
siguiente baremo:
I.
Titulación académica.-
Se valorará hasta un máximo de 5 puntos la posesión de
titulaciones académicas, siempre que no constituyan
requisito para el acceso a la plaza, y que tengan relación
con las características del puesto, de acuerdo con el
siguiente criterio:
o
Por cada curso terminado para la obtención de cualquier
licenciatura o diplomatura y que tengan relación con las
características del
puesto..............................................................................1
pto.
a.
Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados
directamente con actividades deportivas de natación: Máximo
3 puntos. Se valorarán aquellos cursos de duración igual o
superior a 15 horas, que hayan sido cursados por el
interesado y que hayan sido convocados u homologados por
cualquier centro u organismo de formación, con arreglo a la
siguiente escala:
·
De 100 o más horas: 2,00 puntos
·
De 75 o más horas: 1,50 puntos.
·
De 50 o más horas: 1,00 puntos.
·
De 25 o más horas: 0,50 puntos.
·
De 15 o más horas: 0,20 puntos.
b.
Conocimientos del valenciano: Máximo 1 punto.
·
Nivel Oral: 0,25 puntos.
·
Nivel Elemental: 0,50 puntos.
·
Nivel Mitjà: 0,75 puntos.
·
Nivel Superior: 1,00 puntos.
6.2
Experiencia:
Se valorará la experiencia en el trabajo realizado con el
puesto de trabajo al que se opta, previa justificación
mediante la correspondiente certificación o copia del
contrato de trabajo, valorándose la misma hasta un máximo de
5 puntos, distribuido de la siguiente manera:
- Por cada mes trabajado en el Ayuntamiento de
Massanassa y en la misma especialidad a la que se opta
......................................................................…..….0,25
- Por cada mes trabajado en otra entidad y en la
misma especialidad a la que se
opta….....………………………………………………………................…...…0,15
7. - CALIFICACIÓN FINAL
La suma de cada uno de los distintos elementos que
configuran la fase de concurso determinará la calificación
total del proceso de selección, que será publicitada y
ordenada de mayor a menor , configurando así la relación de
candidatos a incluir, por orden y a continuación en la
actual Bolsa de Trabajo.
El Tribunal seleccionador elevará propuesta de candidatos
para la Bolsa de Trabajo resultante, a la Alcaldía, con
orden de puntuación de mayor a menor.
8.- CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO:
Las personas resultantes de la Bolsa de Trabajo, serán
llamadas por orden de puntuación obtenida en función de las
necesidades del servicio.
Las condiciones de la prestación del servicio se
establecerán en el correspondiente contrato laboral a
suscribirse, procediéndose a dar de alta al trabajador en el
Régimen General de la Seguridad Social.
La prestación de servicios se realizará en el Polideportivo
Municipal de Massanassa, conforme al horario fijado por el
Servicio Municipal de Deportes.
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